¡Me encanta nuestro reencuentro semanal!
Sí, ya lo sabéis como comienzan los post-s, gracias eternas una vez más por vuestra fidelidad.
Estoy muy feliz; cuando creo un proyecto siempre tengo mucha ilusión en que funcione. Pongo todas mis ganas y fuerza para conseguir el objetivo. Esta vez era poder ayudar y a la vez orientar a todas las personas también necesitáis información sobre un tema que por desgracia no se difunde lo suficiente.
Continuamos el camino, realizando hoy una pregunta que estoy segura os servirá de mucho:
¿Qué me voy a encontrar cuando vaya a la clínica?
Este momento es muy emocionante, más bien porque ahí es donde realmente comienza el proceso. Pensad que en ese lugar es donde se creará vuestro precioso bebé. Previamente vuestro doctor os habrá pedido una serie de pruebas médicas, para verificar que todo está en orden. Esto siempre en el caso de que la pareja aporte material genético. Siendo lo contrario, en la clínica también se realizará la donación de óvulos o espermas y a su vez la transferencia de embrión a la gestante.
Esto que os digo a continuación es quizá lo más importante a tener en cuenta: Cuando elijáis una clínica, debéis de aseguraros 100% de su seguridad a la hora de realizar este proceso.
Hoy tenemos una invitada nueva que quiero que conozcáis, es compañera de nuestra veterana abogada Mª José Torres. Abogada y experta en temas como el que llevamos tratando todo este tiempo. Os presento a Rosa Rodriguez, hoy ella nos responde en términos jurídicos a la pregunta que planteamos y también aclara que es concretamente, el Plan Patrimonial Reproductivo en el ámbito de la maternidad subrogada.
HABLA ROSA RODRIGUEZ
En este momento, antes de iniciar siquiera las pruebas médicas necesarias, debemos plantearnos si deseamos realizar un plan de patrimonio reproductivo, y ¿qué es el Plan de Patrimonial Reproductivo en el ámbito de la maternidad subrogada?
Como es bien sabido por los clientes habituales, desde aquí aconsejamos que opten por la realización del proceso de maternidad subrogada en USA.
La recomendación no es baladí, pues es quizás, el país, y no todo él, sino algunos de sus Estados donde mayor regulación se encuentra sobre la materia.
Hoy vamos hablar de la figura del Plan de Patrimonio Reproductivo (PPR). Esta figura legal es desconocida en nuestro derecho, y no es un fideicomiso, ni un testamento; tiene quizás algunas notas semejantes a lo que en España conocemos como Testamento Vital.
Como el testamento vital, el PPR está destinado a que por anticipado tomemos decisiones o designemos las personas que pueden tomar decisiones en caso de que nos encontremos en una situación, no deseada, de incapacidad o se produzca nuestro fallecimiento, e incluso en los supuesto de divorcio, separación o ruptura de la pareja, durante el proceso de maternidad subrogada, pero, a diferencia del Testamento Vital, no se dirige a tomar decisiones sobre nuestro salud, sino sobre nuestro material genético cuando nos sometemos a Técnicas de Reproducción Asistida, en el marco de una maternidad subrogada Asistida.
Se trata de adoptar anticipadamente una serie de decisiones, para los supuesto que ya hemos enunciado , como por ejemplo ( sin ánimo de ser exhaustivos) : la designación de guardianes legales para tomar decisiones médicas y legales, y que asuman la tutela del menor ya nacido o que vaya a nacer; la designación de un tercero para ejecutar todos los documentos legales necesarios para terminar los derechos paternales de la gestante; para que cada uno de los padres intencionales y que aportan su material genético puedan expresar su deseo de qué hacer en tales casos ( incapacidad/fallecimiento/divorcio) sobre el uso y/o la implantación de su propiedad genética, o destino final del mismo.
Hemos realizado una mera enumeración pero el PPR, un documento extenso en el que dentro de cada uno de los apartados contempla pormenorizadamente las distintas circunstancias que pueden darse .
El PPR, no es un documento obligatorio en el proceso de maternidad subrogada, y supone un coste adicional al proceso, pero si es muy recomendable y aconsejable suscribir, pues previene situaciones de conflicto, y da seguridad a nuestros familiares.
Querida, muchas gracias por colaborar con nosotros aportando tu gran profesionalidad. Sobra decir que aquí tienes tu espacio para cuando quieras. Nos leemos pronto.
Familia, os dejo el contacto de la abogada por si necesitáis o queréis poneros en contacto con ella. Lo podéis hacer a través de
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No me despido sin antes recordaros que, OS QUIERO.